Resolución Miscelánea Fiscal para 2018

diciembre 22, 2017 a las 8:23 am

El 22 de diciembre 2017, fue publicado en el DOF el texto íntegro de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2018

Se dieron a conocer los anexos 1, 1-A, 3, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 17, 18, 19, 23, 25, 25-Bis, 27, 28, 29.

Se prorrogan los anexos 2, 4, 9, 10, 12, 13, 20, 21, 22, 24, 26, 26-Bis, de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.

El 29 de diciembre dio a conocer los Anexos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 11, 17, 18, 23, 25, 25 Bis, 27, 28 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada el 22 de diciembre de 2017.

  • Anexo 1: Formas y formatos fiscales
  • Anexo 3: Criterios no Vinculativos
  • Anexo 5: Cantidades actualizadas.
  • Anexo 6: Catálogo de Actividades Económicas
  • Anexo 7: Compilación de Criterios Normativos
  • Anexo 8: Tarifas y tablas
  • Anexo 11: Información actualizada hasta el 28 de junio de 2017, de conformidad con el artículo 19 de la Ley del IEPS.
  • Anexo 17: Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores y/o permisionarios.
  • Anexo 18: De los controles volumétricos para que gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, se enajene en establecimientos abiertos al público en general.
  • Anexo 23: Ubicación de las Unidades Administrativas del SAT.
  • Anexo 25: Cumplimiento Internacional FATCA.
  • Anexo 25-Bis: Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de Cuentas Reportables.
  • Anexo 27: Cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos y del Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos que establece la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su Reglamento vigentes a partir del 1 de enero de 2018.
  • Anexo 28: Obligaciones y requisitos de los emisores de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres y de vales de despensa.
  • Anexo 29: Conductas que se configuran en incumplimientos de las especificaciones tecnológicas determinadas por el SAT.